sábado, 22 de septiembre de 2018

COMO SOBREVIVIR EN HIPERINFLACION?

Ante la grave crisis hiperinflacionaria que nos agobia a todos los venezolanos debemos adaptarnos, al ciclo inflacionario, si queremos sobrevivir. Sobrevivir en inflación requiere buscar soluciones aunque sean parciales para tratar de mantener el poder adquisitivo, y la mas conocida regla para este fin es anticiparse a comprar los bienes básicos (Alimentos, medicinas y vestuario) antes que suban de precio. Esto no es un problema para quien tiene una abundante disponibilidad en su cuenta bancaria, pues pueden comprar grandes cantidades y almacenarlas para uso futuro. Pero es un serio problema para la gran mayoría de bajos ingresos que viven de sus salarios o gente de la clase media. Solo podrán anticiparse a la compra de bienes básicos pidiendo prestado o endeudándose, de manera de comprar HOY antes que suban los precios.

Para explicar mejor como nos afecta el fenómeno inflacionario analicemos lo que a sucedido en este ultimo mes, tras entrada en vigencia del bolívar soberano, La vida media actual del Bs. Soberano es de 19 (diecinueve) días. Quiere decir, si hoy compra un kilo de comida por Bs. S 100,00 dentro de 19 días solo podrá comprar medio kilo y en 19 días más, apenas un cuarto de kilo. Para frenar esa caída hay que cambiar de sistema económico.

Como parece ser que el cambio de sistema económico no esta en los planes del gobierno, nos queda adecuarnos a las circunstancias, como la tasa promedio de interés de las instituciones financieras es del 24% anual (2% mensual) mientras la tasa de inflación ronda el 157% mensual, es evidente que resulta tremendo negocio pedir prestado al banco para comprar hoy a precios mas bajos y pagarle al banco con moneda devaluada. De hecho de seguir la tendencia de la hiperinflacion al ritmo actual probablemente tu deuda se convierta en mediano plazo en "0".

Así que este parece el momento adecuado para aprovechar, para el ciudadano común lo mas fácil es solicitar aumento de limite de crédito de sus tarjetas de crédito La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), incrementó nuevamente el límite para el financiamiento mediante tarjetas de crédito, atendiendo a las consideraciones económicas y financieras del país y de acuerdo a las necesidades de la población en general.Al respecto, mediante resolución Nº 073.18, en fecha 21 de septiembre de 2018, se fijó como límite máximo para el otorgamiento de financiamientos de tarjetas de crédito la cantidad de cincuenta mil Bolívares Soberanos (Bs.S 50.000).Las Instituciones Bancarias, previo al proceso de análisis y evaluación de la información del cliente, determinarán el límite a ser aprobado por cada instrumento (tarjeta de crédito), que éste posea, en función del perfil financiero, su historial crediticio y su capacidad de pago; así como, del riesgo que éste posea. Al respecto en CASTILLO CONTADORES estamos a tu orden para ayudarte mediante la emisión de la Certificación de Ingresos que tu banco te solicite.

Por otra parte la nuevas medidas anunciadas por el BCV respecto al Encaje especial para la banca a partir de septiembre todo incremento en estos recursos ociosos es retenido (encajado), lo que la banca va a buscar es intentar -en la medida que pueda- prestar de la mejor forma posible o desprenderse de fondos. Mejorando hasta cierto límite la intermediación financiera, por lo que se puede prever un incremento de los prestamos bancarios. Asi que amigo comerciante o perteneciente a la pequeña y mediana industria, consulta con tu entidad financiera la posibilidad de nuevos créditos, CASTILLO CONTADORES pone a tu disposición nuestro personal profesional para la elaboración de Bances Personales, Certificaciones e Informes de Compilación que tu banco te requiera.

RAUL CASTILLO
04149174619


CONVOCATORIA CONGRESILLO
La Calidad Contable, Financiera, Estadística y Fiscal como Muros de Contención para el Control de la Delincuencia Organizada y la Legitimación de Capitales - Un Compromiso Desde las Ciencias Contables y Fiscales por El Buen Vivir de los Venezolanos.
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Importancia y Justificación de la Convocatoria:

Vista la imperiosa necesidad de sumar esfuerzos por alcanzar las grandes transformaciones sociales, y conscientes de la cor responsabilidad existente entre todos los profesionales vinculados con las ciencias contables y fiscales del país, los Colegios de Contadores Públicos del Estado Miranda y Distrito Capital, incluyendo su Instituto para el Desarrollo Profesional de los Contadores Públicos (IDEPROCOP), los Institutos de Auditores Forenses y de Auditores Internos, así como la Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública (ENAHP), trabajamos en la realización de un Ciclo de Conferencias en el marco de la suscripción de los Convenios de Cooperación Interinstitucionales a ser suscritos, como manifestación de la firme voluntad de encontrar a través de las ciencias, los caminos y senderos apropiados para alcanzar El Buen Vivir de los venezolanos.

El eje central del encuentro será la Calidad Contable, Financiera, Estadística y Fiscal, así como sus controles, raíces de los graves problemas económicos, políticos y sociales que vive el país, donde aspiramos realizar un evento histórico al que asistan decisores de interés, profesionales comprometidos en brindar soluciones, venezolanos que estén dispuestos a trabajar arduamente por alcanzar El Buen Vivir de nuestra sociedad.

A través del Ciclo de Conferencias a realizar se espera poder constituir mesas de trabajo y líneas de investigación que permitan llevar a cabo el 1er Congreso Nacional, donde se expongan los debates y conclusiones que se alcancen por las ciencias contables y fiscales del país, y surjan propuestas tecno-políticas que sean presentadas como valiosos aportes al Estado Venezolano.

Los Asistentes al Congresillo el día de hoy fueron:

1.- Dr. Manuel Cristopher, Director General del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA).

2.- Ing. Fernando Zerpa, Jefe de la Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP).

3.- Dr. Kilian Zambrano, Consultor Planificación Estratégica Situacional.

4.- Dra. Nelly Carillo, Consultora Financiera, Planificación y Presupuesto.

5.- Dra. Yenini Rodríguez, Directora Instituto de Auditores Internos de Venezuela.

6.- Lic. Ricardo Ruette, Presidente del Colegio de Contadores Públicos del Estado Miranda.

7.- Lic. Nancy Sánchez, Presidenta Colegio de Contadores Públicos del Distrito Capital.

8.- Lic. Wilfred Rodríguez, Secretario de Estudios e Investigaciones del Colegio de Contadores Públicos del Estado Miranda.

9.- Lic. Smith Rivas, Secretario de Estudios e Investigaciones del Colegio de Contadores Públicos del Distrito Capital.

10.- Lic. Liliana Romero, Directora de Normas y Procesos Contables de la ONCOP.

11.- Lic. Mariee Peñalver, Directora de Análisis de Estados Financieros de la ONCOP.

12.- Econ. Carlos Méndez, Coordinador Línea de Investigación Emergente: Sostenibilidad y Riesgo Fiscal del Estado Venezolano para la Superación del Rentismo Petrolero (CIGE - ENAHP-IUT).

13.- Cnel. Yorman Viña Fernández, Director Adjunto del CESSPA.

14.- My. José Luis Rodríguez Mendoza, Especialista del CESPPA..

15.- Dr. Zoed Eligón, Consultoría Jurídica Superintendencia de la Actividad Aseguradora.

16.- Msc. Herles E. Carrero F., Coordinador Líneas de Investigación Emergentes del Centro de Investigación para la Gestión Económica (CIGE), adscrito a la ENAHP-IUT.

Lamentablemente no pudieron llegar al evento, presentando sus excusas:

1.- Dr. Víctor Martínez, Director Nacional del Sistema Registral.

2.- Dr. Elys Mora, Presidente del Instituto de Estudios Avanzados (IDEA).

3.- *Dr. Emilio Negrón *, Consultor Externo SUDEBAN - UNIF, Evaluación Nacional de Riesgo Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.

4.- Lic. José Hernández, Coordinador del Comité Permanente de Principios Contables de la Federación de Colegios de Contadores Públicos (FCCPV).


Compromiso Adquirido:

Cada uno de los convocados al Congresillo remitirá al correo herlescarrero@gmail.com sus recomendaciones acerca de:

••• Ejes temáticos claves que deberían ser desarrollados en las diversas actividades que se aspiran realizar:
a) Ciclo de Conferencias;
b) Mesas de Trabajo;
c) Líneas de Investigación;
d) Publicaciones, Informes, Recomendaciones, Productos, etc.; y,
e) 1er Congreso Nacional.

••• Posibles ponencias a ser presentadas en el Ciclo de Conferencias.

••• Ponentes sugeridos para que participen en el Ciclo de Conferencias.

••• Metodología a utilizar para constituir las Mesas de Trabajo, así como la definición de cada una de ellas.

••• Líneas de Investigación preexistentes en cada una de las instituciones asistentes o informar si se tiene conocimientos de la existencia de investigaciones previas o en curso que sean de interés. Incluir de ser posible responsables e investigadores involucrados.

••• Sugerencias acerca de los posibles escenarios para llevar a cabo las actividades previstas.

••• Búsqueda de nuevos colaboradores que contribuyan a alcanzar los objetivos propuestos.

••• Recomendaciones acerca de los posibles invitados para el Ciclo de Conferencias, Mesas de Trabajo y 1er Congreso Nacional.

••• Cualquier otro aporte, recomendación, sugerencia o valor agregado a favor del país.

Sugiero que se haga esa remisión vía correo electrónico a la mayor brevedad posible, propongo próximo miércoles 26SEP2018. Muchas gracias.

A la espera de sus comentarios, este vía expedita nos ayudará a avanzar más rápido.

Buenas noches, agradecido.

HERLES CARRERO

jueves, 20 de septiembre de 2018

TABLA ACTUALIZADA DE RETENCIONES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA

la presente es la tabla actualizada de retenciones de impuesto sobre la renta luego de los cambios efectuados por el seniat

lunes, 3 de septiembre de 2018

GUIA PRACTICA A NUEVOS EMPRENDEDORES  PARA FORMALIZAR SU NEGOCIO
PRIMERA PARTE
Ante la actual y grave crisis económica y social que atraviesa el país, muchos venezolanos, especialmente los jóvenes están atravesando una crucial disyuntiva: Emigrar o quedarse?. No es la intención de esta publicación evaluar, aconsejar o criticar a aquellos que han emigrado o a los que están pensando o han decidido hacerlo, por el contrario, la publicación esta dirigida a aquellos venezolanos decididos a continuar creyendo en oportunidades de futuro para permanecer en el país a pesar de los problemas existentes. Tampoco se pretende aquí dar consejo, guía o lecciones de emprendimiento sobre áreas de oportunidad para nuevos negocios y destrezas necesarias para el éxito del mismo o herramientas para emprendedores. En la web, podrás encontrar numerosos artículos en relación a estos aspectos.  

La publicación esta dirigida a aquellos jóvenes emprendedores que habiendo tomado la decisión de perseverar en Venezuela, han identificado claras áreas de oportunidad para emprender su negocio, que si las hay, pero carecen de los conocimientos, tanto en materia legal, impositiva, contable y financiera para iniciar formalmente un negocio en Venezuela.

Así pues si ya decidiste dar un paso al frente, lo primero consiste en obtener el Registro Mercantil de tu empresa, para esto necesitas asesoría y experticia de los profesionales competentes que te asesoraran, requieres de un Abogado y un Contador Publico,  el abogado es el encargado de toda la parte legal de la constitución de la empresa y el Contador Publico quien elaborara el estado financiero de constitución (Inventario de bienes muebles o inmuebles) como aporte de capital inicial, así como del comisario que requiere el código  de comercio sea nombrado en el acta constitutiva de la empresa en formación. Castillo Contadores, somos una firma personal familiar con mas de 30 años de experiencia en constitución de empresas mercantiles y contamos con abogada experta en Derecho Mercantil y Contador Publico y Administrador Comercial para asesorarte y agilizarte la obtención de tu registro mercantil en tiempo record en el Estado Vargas.

EL REGISTRO MERCANTIL

Los recaudos necesarios que debes presentar ante el Registro Mercantil para la tramitación de tu empresa (Compañía Anónima) son los siguientes:


  1. Reserva de Nombre: Este tramite se debe hacer para reservar el nombre de la compañía que has elegido para tu emprendimiento, generalmente se presentan 3 alternativas del nombre para decidir ante la eventualidad la primera alternativa o preferida ya este reservada, se emite una planilla de reserva te generan 2 planillas una de la reserva y otra con los tributos a cancelar, se cancelan los tributos en el banco y vuelves al registro con las planillas canceladas, debes esperar tres días hábiles para obtener la respuesta del nombre reservado, este proceso puede ser habilitado, en este caso luego de presentar las planillas canceladas te generan el mismo dia la reserva de nombre 
  2. Acta Constitutiva y Estatutos Sociales: El documento constitutivo y estatutos sociales lo elabora y firma el abogado debidamente inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) con su correspondiente visado de Impre-abogado. Los aspectos claves a considerar y discutir con el Abogado antes de su elaboración incluyen entre otros: Nombre, Domicilio, Objeto y Duración de la sociedad, Estructura del Capital Social y de las Acciones, esto incluye quienes son los socios (adjuntar fotocopia de la cédula y su correspondiente Rif como personal Natural) y como va ser distribuida la participación de cada socio en la conformación del Capital Social.(Porcentaje de participación). si el aporte de capital social es en efectivo o en bienes aportados por los socios, debe considerarse en caso de aporte en efectivo, que deberá consignarse la planilla de deposito bancaria respectiva, y tener claro que los fondos depositados en el banco quedan inmovilizados hasta que se presente ante la entidad bancaria al acta constitutiva, la publicación y el Rif de la persona jurídica constituida. Considerando que todo el proceso puede demorar de tres a cuatro semanas, no resulta practico, particularmente en un entorno hiperinflacionario, mantener inmovilizado el capital en el banco hasta completar y obtener el registro mercantil y rif de la empresa, pues estarías descapitalizando el aporte en un porcentaje de aproximadamente 4% diario. Por tanto conviene mas invertir tu capital en los bienes muebles o inmuebles o en mercancía que requieras para iniciar las operaciones y efectuar el aporte del capital social en bienes mediante la presentación del inventario de bienes visado por un contador publico.
  3. Informe de aseguramiento sobre el inventario de bienes muebles y/o inmuebles, en la constitución de la sociedad mercantil. Este Informe es elaborado por el contador publico y dirigido al Registrador Mercantil, detallando cual es el inventario de bienes aportados por los socios y el monto total del aporte del capital social.
  4. Carta de aceptación del comisario, La figura del Comisario Mercantil esta establecida en el Código de Comercio vigente y es mandatoria para toda sociedad mercantil. Son funciones del Comisario, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código de Comercio, las siguientes: 1. De inspección y vigilancia sobre: a) La gestión administrativa de la sociedad. b) Las operaciones económicas y financieras de la sociedad. c) El cumplimiento por parte de los administradores de la sociedad de los deberes que les impone la Ley, el documento constitutivo y los estatutos. 2. Ejercer las acciones de responsabilidad por el incumplimiento de las atribuciones de los administradores de la sociedad. 3. Actuar como órgano receptor de las denuncias de los accionistas o socios, sobre los hechos u omisiones de los administradores que pudieren haber ocasionado daños al patrimonio de la sociedad o que crean censurables. 4. Actuar como órgano especial con facultades para convocar asambleas. 5. De carácter informativo: a) Asistir a las asambleas generales de accionistas o de socios, ordinarias o extraordinarias con derecho a voz. b) Presentar su informe anual a la asamblea de accionistas o de socios.  Para ejercer la función de Comisario, a que se refieren los artículos 275, 287 y 327 del Código de Comercio, se requiere ser Licenciado en Administración, Economista o Contador Público.La funcion del comisario sera remunerada en funcion de lo acordado entre el profesional escogido y la asamblea de socios. Es importante señalar que por las atribuciones que le confiere la ley, el comisario a ser seleccionado ,debe estar disponible para poder cumplir a cabalidad con sus funciones, por lo que no es recomendable designar para el cargo a amigos o familiares que teniendo las credenciales profesionales exigidas no puedan dar la oportuna atención en el cumplimiento de las funciones asignadas.
  5. Documentos probatorios de la identificación de las personas nombradas en el acta constitutiva: Se deben anexar fotocopias de las cédulas de identidad y rif de cada uno de los socios participantes así como la cedula de identidad y de las credenciales del contador publico que presenta el inventario de bienes y del profesional que ha aceptado el cargo de Comisario.
  6. Planillas de deposito de pagos de aranceles al SAREN y Gobernación del Estado. Los documentos mencionados en la numeración del 1 al 5 se presentan ante la taquilla del Saren para la determinación de los aranceles e impuestos se emiten las planillas respectivas y se procede a su cancelación en el banco, con las planillas ya canceladas se presentan todos los recaudos para revisión del acta correspondiente, este proceso dura 3 días hábiles y de no tener errores o correcciones se procede a su protocolización y entrega en la fecha establecida.
Publicación del Registro Mercantil y Sellado de Libros Legales. Finalmente para completar el registro se debe proceder a la publicación del mismo en un diario legal de la localidad, obteniendo varias copias del mismo,  al menos 10,  porque las mismas se te requerirán para la inscripción y registro ante los organismos gubernamentales tales como SENIAT, IVSS INCES, Bancos donde quieres aperturar la cuenta jurídica y otros, por ultimo debes adquirir los libros legales de contabilidad (Diario Mayor e Inventario), el libro de accionistas y el Libro de Acta de Asambleas de Accionistas y sellarlos por ante el Registro Mercantil.

Como habrás podido deducir, es un proceso largo y tedioso que involucra varias visitas al registro mercantil, pago de planillas y colas en los bancos  y otros aspectos que requieren de unas cuantas horas, mas bien días que debes invertir, pero no te asustes, porque nuestra Firma Castillo Contadores, pone a tu disposición a todos los profesionales que deben ser involucrados, y cuenta con los contactos ante el registro, imprenta y librerías de manera de gestionar tu registro mercantil en tiempo record, (Maximo 15 dias), pero si estas realmente urgido, y estas dispuesto a pagar el costo de la habilitación ante el registro y dispongas de todos los recaudos a la mano y firmados por los involucrados,  te lo gestionamos y entregamos en un dia habil. Así de sencillo, contactanos al 0414-9174619 para ofrecerte información adicional que requieras y elaborar el respectivo presupuesto.  


sábado, 1 de septiembre de 2018

ANUNCIOS DECRETADOS EN MATERIA ECONÓMICA

1- Impuesto a las grandes transacciones (IGTF) (Para contribuyentes especiales)

- Aplica únicamente para contribuyentes especiales
- Se incrementa de 0.75% a 1% o 2%.
- Hasta tanto el Ejecutivo Nacional establezca la alícuota de este impuesto, se fija en 1%.
- Entra en vigencia a partir del 01 de Septiembre de 2018.

2- Impuesto al Valor Agregado. (IVA) (Para cualquier tipo de contribuyente)

- Se incrementa la alícuota del impuesto al valor agregado al 16%
- Aplica para todo tipo de contribuyente
- Se mantienen las alícuotas reducidas en vigencia
- Entra en vigencia a partir de 01 de septiembre de 2018

3- Anticipo de Impuesto al Valor Agregado (IVA) (Para contribuyentes especiales)

- Solo aplica para contribuyentes especiales
- Los anticipos previstos en este Decreto Constituyente, serán deducibles en la declaración definitiva del Impuesto al Valor Agregado.
- Se determinan para el Impuesto al Valor Agregado, tomando como base el impuesto declarado en la semana anterior.
- El impuesto causado a favor de la República, en los términos de esta Ley en materia del impuesto al valor agregado, será determinado por períodos de imposición semanales, de la siguiente forma: al monto de los débitos fiscales, debidamente ajustados si fuere el caso, que legalmente corresponda al contribuyente por las operaciones gravadas correspondientes al respectivo período de imposición, se deducirá o restará el monto de los créditos fiscales, a cuya deducibilidad o sustracción tenga derecho el mismo contribuyente, según lo previsto en la Ley del impuesto al Valor Agregado. El resultado será la cuota del impuesto a pagar correspondiente a ese período de imposición.
- El anticipo del pago de impuesto al valor agregado previsto en este Decreto Constituyente, se hará con base al impuesto declarado semanalmente dividido entre los días hábiles de la semana.
- Entra en vigencia a partir de 01 de septiembre de 2018

4- Retenciones de impuesto al valor agregado (Para contribuyentes especiales)

- Solo aplica para contribuyentes especiales
- Se modifica calendario de contribuyentes especiales para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2018
- Las retenciones de impuesto al valor agregado serán enteradas a la administración tributaria semanalmente según el terminal del rif del contribuyente.
5- Anticipo de Impuesto Sobre la Renta (Para contribuyentes especiales)
- Solo aplica para contribuyentes especiales
- Los anticipos previstos en este Decreto Constituyente, serán deducibles en la declaración definitiva de Rentas.
- El porcentaje de los anticipos del Impuesto sobre la Renta previsto en este Decreto Constituyente se fijara en 1% para todos los contribuyentes, salvo para instituciones financieras, sector bancario, seguros y reaseguros en dos por ciento (2 %).
- A los efectos de este Decreto Constituyente, se entiende por Ingresos Brutos, el producto de las ventas gravables de los bienes, prestaciones de servicios, arrendamientos y cualesquiera otros proventos regulares o accidentales.

6- Se modifica la Ley de Impuesto al Valor Agregado.
- Se elimina la siguiente exoneración:

1- Los combustibles derivados de hidrocarburos, así como los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina, tales como etanol, metanol, metilter-butil-eter (MTBE), etil-ter-butil-eter (ETBE) y las derivaciones de éstos destinados al fin señalado.
- Se entiende que la venta de gasolina se cobrara el IVA

7- Modificación Calendario Contribuyentes Especiales 2018:
Se modifica el calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias generadas a partir de los meses de septiembre a diciembre del año 2018, establecido en los literales a, b y d del artículo 1° de la Providencia Administrativa SNAT/2017/0053, de fecha 19/10/2017, que establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales para las obligaciones que deben cumplirse para el año 2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.288, de fecha 28/11/2017.

Acotaciones:

1-Esto quiere decir que el anticipo de impuesto al valor agregado, retenciones de impuesto al valor agregado y anticipo de impuesto sobre la renta deben ser enteradas semanalmente según corresponda su terminal de rif.
2-Las retenciones de impuesto al valor agregado de la segunda quincena del mes de agosto, declaración de impuesto al valor agregado del mes de agosto se enteraran y pagaran acorde al calendario anterior a la entrada en vigencia de la modificación del calendario (calendario anterior)
3-La retenciones de impuesto sobre la renta se seguirán rigiendo con el calendario de 2018 anterior a la entrada en vigencia de la modificación del calendario (calendario anterior)
4-Por lo tanto, la modificación del calendario de contribuyentes especiales será aplicado para:
1-Retenciones de impuesto al valor agregado (semanal)
2-Anticipo Impuesto al valor agregado (semanal)
3-Anticipo de Impuesto Sobre la Renta (semanal)

Metodología de cálculo:

1-Mecanismo de cálculo de anticipo impuesto al valor agregado:

El anticipo se hará semanalmente, esto quiere decir que lo que usted venda la semana pasada será enterado a la administración tributaria en la semana en curso. Se tomaran los débitos fiscales de las ventas y se le restaran los créditos fiscales de sus compras de bienes y servicios el monto resultante corresponde al anticipo de impuesto al valor agregado, ese resultado será declarado según su número de rif, y el pago podrá ser dividido en los días hábiles (5 días) al momento de declarar pagara la primera porción y el comprobante de pago le indicara los días que debe pagar el restante (4 porciones) incluso podría pagar las 5 porciones el mismo día, suponemos que el portal dará la posibilidad de indicar en cuantos días se quiere pagar (desde 1 a 5 días máximo)

2-Mecanismo de cálculo de anticipo impuesto sobre la renta:

El anticipo se hará semanalmente, esto quiere decir que lo que usted venda la semana pasada será enterado a la administración tributaria en la semana en curso. El anticipo corresponde al 1% de la venta (base imponible) ese resultado será declarado según su número de rif, y el pago podrá ser dividido en los días hábiles (5 días) al momento de declarar pagara la primera porción y el comprobante de pago le indicara los días que debe pagar el restante (4 porciones) incluso podría pagar las 5 porciones el mismo día, suponemos que el portal dará la posibilidad de indicar en cuantos días se quiere pagar (desde 1 a 5 días máximo)

Recomendaciones:

1-Pague los anticipos de impuesto al valor agregado, anticipo de impuesto sobre la renta en una única porción y no en 5. De pagar en 5 porciones debería entrar todos los días a la banca pública para realizar los pagos, y para nadie es un secreto el mal funcionamiento de la banca pública, por lo cual le invitamos a ahorrar en quebraderos de cabeza. Entiéndase que el monto corresponde por cada semana, pero el pago se dividirá entre los días hábiles.

2-Es importante destacar que todo lo expresado en este documento es basado en los decretos presidenciales y providencia administrativa por parte de la administración tributaria.

3-Debemos esperar a que el portal del SENIAT este habilitado para todos estos cambios para así poder explicar con más exactitud el proceder de toda esta nueva normativa.

4-Ante cualquier duda les regamos que por favor se comuniquen con cualquier asistente contable o con los accionistas de la firma para poder orientarles.

Queda por definir:

1-Según se estableció en el decreto de anticipo de impuesto al valor agregado, los mismos serán descontados de la declaración definitiva de impuesto al valor agregado, aunque en la modificación del calendario de contribuyentes especiales solo se indica que la declaración de impuesto al valor agregado será en periodos semanales. Por lo tanto, entendemos que cada anticipo corresponde a una declaración de impuesto al valor agregado (4 declaraciones por mes)

2-En concordancia con el punto anterior nacen las siguientes preguntas sin respuestas por el momento.
-¿Qué sucede con los libros de compra y venta?
-¿Se debe hacer uno por cada semana?
-¿Qué sucede con la declaración definitiva de impuesto al valor agregado?
- En el decreto se establece que el periodo de imposición para contribuyentes especiales es semanal, por lo tanto cada anticipo semanal corresponde a una declaración de impuesto al valor agregado.
AUMENTOS DE CAPITAL SOCIAL EN PERIODOS DE HIPERINFLACIÓN

En tiempos de hiperinflación y luego de la implementación de la reconversión monetaria en Venezuela, es necesario y prioritario para las empresas aumentar su capital social.
Son variados los motivos por los cuales puede resultar conveniente aumentar el capital social de una compañía.
Los casos más comunes están relacionados a situaciones en que la empresa debe proveerse de recursos financieros para acometer nuevos proyectos de desarrollo o expansión, para incorporar nuevos socios a la estructura accionaria o mediante la revalorización de las propiedades, bienes inmuebles (locales, oficinas, terrenos) y maquinarias, entre otros, y esto sucede cuando los activos propiedad de la empresa han aumentado considerablemente su valor y se desea incorporar este incremento de valor al capital social.
Es de destacarse que el Capital Social de una compañía puede elevarse de dos formas:
1. Aumentando el valor nominal de las acciones.
2. Emitiendo nuevas acciones.
Otro asunto es la forma en la cual puede ser cancelado el aumento del capital social por los accionistas.
El pago puede efectuarse de distintas maneras, entre ellas tenemos:
1. Con pago o aporte de dinero en efectivo donde las acciones se pagan simplemente con dinero en efectivo.
2. Con aporte de bienes o derechos susceptibles de ser cuantificados económicamente. Los suscriptores del aumento lo cancelan traspasando a la compañía su derecho de propiedad sobre bienes o derechos determinados.
3. Por medio de la capitalización por revalorización de activos. En este caso, el aumento del capital social sería cancelado con cargo a la diferencia certificada entre el valor de adquisición y el valor real actual de bienes o activos capitalizables que determine la Asamblea General de Accionistas con base en avalúos serios y confiables.
4. Por medio de capitalización de utilidades no distribuidas, que consiste en que los accionistas de la empresa pagan el aumento del capital social con cargo a las ganancias certificadas que han obtenido a la fecha del aumento y que no han cobrado.
5. Por medio de la capitalización de acreencias. Aquí el aumento del capital social se paga con cargo a las deudas o pasivos certificados que la empresa pueda tener para con sus accionistas u otras personas (Siempre que sea aprobado por la Asamblea General de Accionistas).
6. Por Corrección Monetaria ajustando por Inflación el Valor Nominal Histórico de las acciones.
Cabe destacar que cualquiera que sea la forma en la cual se realice un aumento de capital social a la compañía, este debe ser acordado por la Asamblea General de Accionistas con el Quórum establecido por el Artículo 280 del Código de Comercio que exige la presencia en la Asamblea de las tres cuartas partes del capital social y el voto favorable del capital presente, salvo que los Estatutos de la compañía dispongan otros parámetros. Así mismo, debe ser respetado el principio de derecho preferente de los accionistas para adquirir las nuevas acciones que eventualmente sean emitidas.
Es importante citar que el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren), publicó el 13 enero del 2014 la Resolución 019 publicada en Gaceta Oficial 40.332 el “Manual que establece los Requisitos Únicos y Obligatorios para la Tramitación de Actos o Negocios Jurídicos en los Registros Principales, Mercantiles, Públicos y Notarias”.
En el citado manual se establecen los requerimientos de acuerdo al artículo 18, para la tramitación de un acta de asamblea relacionada con el aumento de capital social de una sociedad mercantil.
Para todos los casos de aumento de capital social debe de presentarse:
1. Estados Financieros Auditados por aprobar, conjuntamente con el Informe del Comisario quien sugiere su aprobación, al cierre del periodo contable de acuerdo al documento constitutivo.
2. “Estado de Situación Financiera de Fechas Intermedias”, antes y después de la asamblea de accionistas o socios.
Sugiero como fecha “antes” el cierre del ejercicio económico del año anterior al aumento de capital y como fecha “después” la fecha de la asamblea donde se toma la decisión.
Es de destacar que si se decide presentar un estado de situación financiera de fechas intermedias debe acompañarse del “Informe de Compilación de Información Financiera” porque se presenta un solo estado financiero con sus notas explicativas, aplicándose la “Norma Internacional de Servicios Relacionados 4410, Trabajos para Compilar Información Financiera (NISR 4410)”
El informe de compilación no proporciona seguridad sobre la veracidad razonable de las cifras, ya que a la información financiera no se le realizan pruebas de auditoría ni de revisión limitada; por esta razón es recomendable que el estado financiero que vaya a ser presentado ante el registro mercantil para tramitar el aumento de capital social, además del informe de comisario, se le incluya el informe del auditor independiente.
En el caso de aportes de activos se debe presentar:
1. Transferencia bancaria, depósito en efectivo o cheque junto con la carta de liberación del mismo.
2. Inventario si el aporte es con bienes muebles o inmuebles.
Es importante tener presente que cuando el aumento de capital social es por corrección monetaria, además se deben presentar los estados financieros al cierre del ejercicio anterior auditados.
En el caso de capitalización de acreencias, se debe presentar además la certificación de las cuentas por pagar accionistas o socios mediante el informe del auditor independiente, donde se aplica la “Norma Internacional sobre Trabajos de Atestiguamiento 3000 (NITA 3000)”, ahora llamada de “Aseguramiento”.
* Contador Público – Abogado Tributario. Docente de la UCAB en Derecho Financiero, Tributario y Auditoria. Director Cámara Comercio Caroní.

NUEVAS TARIFAS DE HONORARIOS MÍNIMOS DE LA FCCPV
Adjunto imagen de las nuevas tarifas de honorarios mínimos establecida por la Federación de Colegio de Contadores Públicos de Venezuela para que les sirva de guía a mis clientes y relacionados, debe tenerse en cuenta que estos son los Honorarios Mínimos. A manera de ejemplo si su requerimiento es una "Certificación de Ingresos" solicitada por una entidad bancaria, para apertura de cuentas, solicitud de prestamo bancario, aumento del limite de tarjeta de crédito o actualización de datos ubiquese en la tercera tabla de la imagen, identificada como "PREPARACIÓN DE INFORME DE REVISIÓN DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES SEGÚN BASE DE INGRESOS PERCIBIDOS (ARTICULO 5) y seleccione el monto de sus ingresos a ser certificados dentro de la escala correspondiente y determine el monto de los honorarios mínimos a ser cancelados en la siguiente columna bajo el titulo de Bolivar Soberano por ejemplo para unos ingresos mensuales de Bs.S 8.250,00 el monto de los honorarios a cancelar serian Bs.S 1.000,00 a esto habría que agregarle el valor del costo de la encomienda y visado de Bs. 65 total a cancelar Bs. 1.065,00.

Si Ud es persona natural,  comerciante con Firma Personal FP o persona jurídica y su requerimiento es la preparación de una balance personal (Estado de Situación Financiera,) para determinar el monto de los honorarios deberá tener a la mano un listado de los activos (Bienes muebles o inmuebles) incluyendo ademas efectivo en bancos, cuentas a cobrar, inventarios y otros activos, y una vez cuantificado estos ubique el monto total de los activos según la escala en la primera tabla identificada como "PREPARACIÓN DE INFORMES DE PERSONAS NATURALES COMERCIANTES Y PERSONAS JURÍDICAS SEGÚN EL VALOR TOTAL DE LOS ACTIVOS O VALOR NETO DE INVENTARIOS (ARTICULO 3) determine el monto por ejemplo para un total de activos de Bs.S 800.000,00 serian Bs. 3.700 los honorarios mas Bs. 65 por encomienda y visado.

Para otras actuaciones del Contador Publico les sugiero comunicarse conmigo directamente 0414-9174619 o plantear su requerimiento a través del correo electrónico contadoronline123@gmail.com  que con gusto lo atenderemos

Lic. Raul Castillo